Desarrollo histórico (1834-1847) [^1]
Claustro de Consiliarios del 10 de enero de 1837
Presidido por el rector y con la asistencia de cuatro doctores. Se tomaron los siguientes acuerdos: prorrogar la fecha para la oposición a la cátedra de Cánones; que los opositores a las cátedras sólo ratificaran el juramento, ya que como egresados de la Universidad, ya lo habían hecho; que en caso de no asistir el obispo o el provisor de la Diócesis a los ejercicios de las cátedras, quien presidiera la junta de votos fuera el rector, y que ante la ausencia del decano fuera el doctor más antiguo el que tuviera derecho a voto.
El 16 de enero, en cumplimiento de las prevenciones del Supremo Gobierno del Departamento de Jalisco del 12 anterior, bajo la fórmula prevenida en el artículo 9º del decreto del Congreso General de la Nación, el señor rector recibió de los doctores, catedráticos y demás dependientes universitarios, el juramento de guardar las nuevas leyes constitucionales.