Desarrollo histórico (1847-1853)[^1]

Claustro de Doctores del 7 de noviembre de 1851

Presidido por el rector y con la asistencia del cancelario y seis doctores. Se aprobaron las solicitudes de los presbíteros Manuel Escobedo y Rafael Camacho para que se les dispensara el tiempo de pasantía y pudieran presentarse a recibir los grados mayores.

Enseguida el rector hizo del conocimiento del Claustro que la oficina recaudadora, exigía contribuciones directas por las fincas propiedad de la Universidad, cuya cantidad ascendía a cerca de mil pesos. Su señoría hizo un exhorto al señor gobernador, quien pasó el negocio al Congreso del Estado y habiendo sido este cuerpo del parecer que las expresadas fincas no debían pagar dicha contribución por estar exceptuados los edificios destinados a la educación, el señor gobernador se conformó con este parecer, y declaró que las fincas de la Universidad no habían causado contribución, ni aún en el tiempo del régimen centralista, mas habiendo hecho las observaciones al dictamen del Congreso, la oficina recaudadora reformó su parecer, por lo que resultó que las fincas de la Universidad no estaban exentas de la contribución del cuatro y medio el millar.

Luego el señor rector leyó un oficio del Supremo Gobierno en que se le comunicó el nuevo dictamen del Congreso, con el cual se conformó el señor gobernador y declaró que no debían estar exentas de contribución las citadas fincas, por lo que pasó a entrevistarse con el señor gobernador y habiéndole dicho la preocupante imposibilidad en que se encontraba la Universidad para pagar a causa de la escasez de sus fondos, pidió que se sirviera disponer se otorgaran a la Universidad 400 pesos anuales que dispuso para ella la Legislatura el 18 de marzo de 1835. A ello el señor gobernador contestó que no podía dar tal disposición por no estar presupuestada, pero que prometía que en las próximas sesiones del Congreso quedaría arreglado este negocio, por lo que ponía del conocimiento del Claustro el asunto, ya que el jefe de la oficina recaudadora ha oficiado al síndico tesorero requiriéndolo ejecutivamente del pago de contribuciones.

Y finalmente su señoría dijo que en cumplimiento de la comisión que el Claustro le encomendó, se entrevistó con el señor gobernador e hizo presente lo mucho que disminuyó el haber universitario, por la falta de ingresos por los derechos de los grados de bachiller que la priva el artículo 16 de decreto número 200 del Congreso del Estado, y del inconveniente de no poder proveer las cátedras vacantes en propiedad.