Junta Directiva de Estudios del Estado de Jalisco (1868-1893)

Ley Orgánica de Instrucción Pública (1889)

El 6 de junio, el gobernador del estado expidió la Ley Orgánica de la Instrucción Pública1 que ratificaba la dirección y vigilancia sobre la instrucción pública de la Junta Directiva de Estudios del Estado, la cual continuaría integrada por su presidente nombrado libremente por el gobernador del estado, los tres directores de las Escuelas profesionales y el rector del Liceo de Varones, y si fuera necesario, se podrían también elegir tres profesores de las escuelas superiores.

Las cátedras del Liceo de Varones serían: Gramática General, Principios de Literatura, idiomas Francés, Inglés, Latín y Raíces Griegas, Historia Universal y Particular de México y Cronología, Geografía, Nociones de Historia Natural, Filosofía, Aritmética, Álgebra, Geometría, Trigonometría Rectilínea, Astronomía Teórica, Dibujo lineal y natural, Teneduría de Libros, Lectura superior y recitación, Física, Elementos de Química, Economía Política y Estadística, Pintura, Escultura y Grabado, Canto coral y acompañamiento de violín, Escritura inglesa y caligrafía, Esgrima y Gimnasia higiénica.

Las cátedras del Liceo de Niñas serían: Gramática Castellana, Principios de Literatura Española, Lectura superior y recitación, Francés, Inglés, Elementos de Historia y Geografía, Aritmética, Álgebra, Geometría, Física, Nociones de Química, Electrotecnia, Teneduría de libros, Dibujo, Pintura, Música, Canto, Escritura inglesa y caligrafía y Labores manuales.

En los Liceos sería factible cursar la carrera de tenedor de libros.
Las cátedras de la Escuela de Jurisprudencia serían: Prolegómenos del Derecho, Derecho Natural, Derecho Romano y Canónico, Derecho Civil, Derecho Penal, Derecho Mercantil y Minero, Derecho Constitucional y Administrativo, Derecho Internacional y Marítimo, Procedimientos Judiciales y Medicina Legal.

Las cátedras de la Escuela de Ingenieros serían: Álgebra Superior, Trigonometría Esférica, Geometría Analítica, Cálculo infinitesimal, Geometría Descriptiva y sus aplicaciones, Mecánica Racional, Mecánica Aplicada, Dibujo en sus diversas aplicaciones, Topografía, Geodesia y Astronomía Práctica, Hidrografía, Arquitectura y Construcción, Caminos comunes y ferrocarriles, Química Analítica y Tecnológica, Mineralogía y Geología, Metalurgia y labores de minas y Electrotecnia y Telegrafía.

Las profesiones que podrían cursarse en la Escuela de Ingeniería serían: ingeniero electricista, ingeniero topógrafo e hidromensor, ingeniero arquitecto, ensayador y aparatador de metales e ingeniero de minas.

Los edificios que continuaron destinados a los planteles educativos fueron: el antiguo Colegio de San Juan Bautista para la Escuela de Ingenieros; el antiguo Convento de San Agustín para la Escuela de Medicina; el de la antigua Universidad para la Escuela de Jurisprudencia y sede de la Junta Directiva de Estudios, y el antiguo Seminario Conciliar para el Liceo de Varones.

Con la nueva Ley Orgánica de Instrucción, las escuelas particulares deberían sujetarse a la inspección y vigilancia de la Junta Directiva de Estudios, por lo que se estipuló que remitieran de inmediato a dicho organismo sus planes de estudios y los títulos de los libros de texto, así como los datos estadísticos de sus estudiantes, de los examinados y aprobados; de incumplir las anteriores disposiciones, serían multados.


Referencias
  1. Congreso del Estado, “Colección de los decretos…”, tomo XII, pp. 398-433. ↩︎